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Aunque no hayas terminado de pagar tu crédito hipotecario con el Infonavit, sí es posible incluir en tu testamento la vivienda que compraste para no heredar problemas a tus familiares.

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Un crédito para comprar una vivienda es una deuda a largo plazo, tiempo en el cual pueden ocurrir muchas cosas, por ello cuando haces tu testamento regalas tranquilidad a tus seres queridos y la certeza de que no tendrán que enfrentarse a largos procesos legales si llegaras a faltar.

Y si bien cuando sacas tu Crédito Infonavit eliges a los beneficiarios de tu financiamiento, es el documento jurídico el que determina quién se queda con la casa. Por eso es muy importante que realices este trámite, aunque aún no hayas terminado de pagar tu financiamiento.

No olvides que tu Crédito Infonavit incluye un Seguro por Defunción que liquida la deuda de las personas acreditadas en caso de fallecimiento, por lo que sus familiares no adquieren ningún compromiso de pago, afirmó el organismo en un comunicado.

Añadió que para realizar tu testamento, puedes aprovechar los descuentos de hasta 50% que se ofrecen en las distintas notarías del país, con motivo del mes del testamento, que es septiembre, y parte de octubre.

 

Cuando un acreditado del Infonavit fallece se liquida la deuda gracias al Seguro por Defunción.

 

¿Quién puede realizar el trámite para hacer válido el Seguro por Defunción?

-El beneficiario de la vivienda, en caso de que exista un testamento que lo avale.

-Cualquier persona que llame a Infonatel (800 008 3900) o acuda al Centro de Servicio Infonavit (Cesi) con los documentos originales del acreditado y las escrituras en original de la vivienda.

 

 

Es importante que compartas con tus familiares o beneficiarios:

-El número de Seguridad Social (NSS).

-El número de crédito.

-La fecha en la que contrataste el crédito hipotecario.