Bajo la premisa de que los servicios, ofrecidos por dueños de casas o departamentos en plataformas como Airbnb y similares, son servicios de hospedaje que deben pagar impuestos (ISR) por los ingresos que de allí se generen, el SAT emprenderá acciones tributarias en contra de estas herramientas digitales.
El pasado 21 de agosto se publicó en el Diario Oficial de la Federación el criterio no vinculativo 41/ISR/NV donde el SAT aclara que los servicios de hospedaje a través de plataformas tecnológicas se encuentran sujetos al pago de Impuesto Sobre la Renta (ISR). Así quedó establecido al modificarse el Anexo 3 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019.
En opinión de especialistas del sector, este es un primer paso para evolucionar en la construcción de un piso parejo para la industria de alojamiento y que no se presente competencia desleal, de tal manera que se fortalezca la competitividad entre todo tipo de participantes. Por su parte, la Asociación Nacional de Cadenas Hoteleras (ANCH) propuso que los recursos que se recauden de estas plataformas, tengan como destino la promoción del turismo.