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Las modificaciones se dieron en el artículo 311 y se creó el nuevo Capítulo XII Bis de la Ley Federal del Trabajo.

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Como parte de las relaciones laborales, en días pasados la Cámara de Diputados aprobó nuevas disposiciones para utilizar el home office (teletrabajo), lo que trae consigo nuevas obligaciones para los patrones y trabajadores.

Deloitte México presentó las disposiciones, que reproducimos a continuación:

El trabajador a distancia debe tener las mismas condiciones laborales que un trabajador presencial.

Quienes trabajen en esta modalidad tienen la facultad de organizarse sindicalmente o hacer su propia organización.

Las personas trabajadoras deben cuidar y conservar los insumos que se les proporcionen para realizar sus labores, así como proteger los datos utilizados para el desempeño de sus actividades.

El contrato debe contener datos generales de trabajador y patrón, naturaleza del trabajo, monto del salario y modo de pago; equipo e insumos de trabajo, descripción y costo mensual por el servicio de Internet y duración de la jornada laboral.

Los patrones tendrán la obligación de proporcionar, instalar y dar mantenimiento a los equipos (cómputo) necesarios, sillas, impresoras, asumir el pago de servicios y parte proporcional de electricidad, además de respetar el derecho de desconexión.

El dictamen fue devuelto al Senado de la República para sus efectos constitucionales.