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Aunque en los últimos años la digitalización ha transformado la vida cotidiana de millones de personas en México —desde pagos móviles hasta citas médicas en línea—, el sector legal sigue mostrando resistencia al cambio.

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De acuerdo con Urdaten, plataforma mexicana especializada en digitalización y verificación de datos, esto se debe a una serie de mitos que persisten sobre la legalidad y seguridad de los contratos digitales.

 

La firma tecnológica identificó los cinco mitos más comunes que impiden una adopción más amplia de herramientas digitales en el ámbito jurídico, y los desmiente con base en el marco legal vigente y los avances tecnológicos disponibles en el país.

 

Mito 1: Los contratos digitales no son válidos en México

Totalmente falso. La legislación mexicana reconoce expresamente la validez jurídica de los contratos firmados por medios electrónicos. El Código de Comercio, el Código Civil Federal y la Ley de Firma Electrónica Avanzada respaldan este tipo de acuerdos, incluyendo el artículo 1803 del Código Civil, que valida el consentimiento otorgado electrónicamente.

Mito 2: Los contratos digitales son inseguros y fáciles de falsificar

Contrario a esta creencia, los contratos digitales ofrecen niveles de seguridad superiores a los documentos en papel. Tecnologías como la encriptación, las firmas electrónicas avanzadas, los sellos de tiempo y los certificados de integridad como la NOM-151, garantizan que los documentos no hayan sido alterados desde su emisión o última modificación registrada.

 

 

Mito 3: Es una tecnología costosa y complicada

La digitalización legal no requiere grandes inversiones ni conocimientos técnicos avanzados. Plataformas como Urdaten ofrecen soluciones intuitivas y flexibles bajo esquemas de pago por uso, lo que permite a empresas y profesionales acceder a servicios digitales sin necesidad de infraestructura tecnológica especializada.

Mito 4: La firma electrónica no tiene el mismo valor legal que una firma autógrafa

También falso. En México, la firma electrónica —incluida la e.firma del SAT— tiene la misma validez legal que una firma en papel. Esto está contemplado en el artículo 89 del Código de Comercio y en la Ley de Firma Electrónica Avanzada, lo que garantiza su reconocimiento en cualquier proceso jurídico.

Mito 5: La tecnología reemplazará a los abogados

Lejos de sustituir el trabajo de los profesionales del derecho, la tecnología se ha convertido en un aliado clave. Herramientas como la firma electrónica o los contratos automatizados permiten a los abogados enfocarse en tareas de mayor valor agregado como la estrategia legal, la redacción especializada y el análisis jurídico, dejando atrás tareas repetitivas y operativas.

 

Concluye la firma tecnológica que la digitalización en el ámbito legal no solo es legal y segura, sino también necesaria para mejorar la eficiencia, reducir costos y facilitar procesos en un entorno cada vez más competitivo. Para lograrlo, es fundamental derribar mitos e impulsar la adopción tecnológica con información clara y confiable.