Para la gran mayoría de las personas, comprar un inmueble es una de las decisiones patrimoniales más importantes de su vida. La función notarial sirve para garantizar que esta operación se realice con total seguridad.
En las compraventas de inmuebles, la función notarial consiste en brindar una asesoría jurídica imparcial a ambas partes, revisar cuidadosamente la situación del inmueble y redactar el instrumento notarial que formaliza la operación. El objetivo es que la voluntad de comprador y vendedor quede correctamente plasmada en el documento y que la transmisión de propiedad se realice conforme a la ley.
Previo a la firma de la escritura, se realiza una revisión integral de la documentación relacionada con el inmueble. Esto implica analizar su situación jurídica, administrativa y fiscal para confirmar que la operación puede llevarse a cabo. Para ello se consulta información proveniente de diversas fuentes, tales como el Registro Público de la Propiedad, la Secretaría de Desarrollo Urbano y los sistemas fiscales locales, entre otros.
En este proceso resulta fundamental, la colaboración entre el notario y el Registro Público de la Propiedad. El notario se encarga de cumplir los requisitos de fondo y forma de la compraventa, mientras que su inscripción en el Registro permite que se dé publicidad a la transmisión y se haga valer frente a cualquier tercero. Ambas instituciones se complementan para generar certeza jurídica en el tráfico inmobiliario.
La notaría interviene también en la acreditación del pago del precio y el cumplimiento de las disposiciones en materia de prevención de lavado de dinero. Esto implica transparentar el origen de los recursos y revisar la forma en que se realiza el pago de la compraventa. El objetivo de esta revisión no solo es cumplir con una función regulatoria, sino proteger a las partes de riesgos graves, tales como sanciones relacionadas con la celebración de operaciones con recursos de procedencia ilícita o acciones de extinción de dominio.
Este modelo contrasta con otros sistemas jurídicos, donde no existe una figura equivalente al notario latino con funciones similares. En estos sistemas, cada parte suele contratar a su propio abogado para realizar una investigación del inmueble, a partir de la cual se identifican los posibles riesgos y se determina la prima que el comprador debe pagar por el seguro de título, destinado a cubrir el riesgo de que el comprador pierda la propiedad, en caso de que aparezca un tercero con mejor derecho.
Estos sistemas no eliminan el riesgo de la operación, sino que recurren a un mecanismo de aseguramiento para cubrir las consecuencias económicas si dicho riesgo se materializa. En cambio, el sistema del Notariado latino, se basa en un modelo preventivo. A través de la asesoría imparcial, la revisión del inmueble y la adecuada redacción de la escritura pública, la intervención notarial busca que la operación se celebre con el mayor grado de certeza posible.
*Titular de la notaría 16 de la Ciudad de México.

